Además, se ordenó cautelarmente a la entidad bancaria que se abstenga de debitar de la cuenta del actor las cuotas de un préstamo que también habría sido consecuencia de una estafa telefónica.
Así lo decidió la Cámara de Apelaciones de La Plata en un caso en el que se reafirma la necesidad de cumplir con el deber de información al consumidor financiero, bajo pena de nulidad